Cuentan los expertos de la Asociación del Defensor del Paciente que la cirugía plástica no está entre los sectores más demandados. Sin embargo, sí cuenta con muchos insatisfechos. Cabría preguntarse qué espacio existe entre la decepción y el daño. Es decir, hasta dónde puede tener culpa el cirujano del mal resultado de una intervención y hasta dónde se atiende a un conocimiento informado de los resultados, tanto buenos como malos, que es posible obtener mediante el bisturí. Desde 2012 una cosa parece clara: lo que no puede ser, no puede ser. O, dicho de otra forma, el Tribunal Supremo ya ratificó la imposibilidad de la cirugía estética de alcanzar resultados concretos. Y lo que no se puede alcanzar no se puede prometer. De ahí la pelea de reclamar o no un resultado insatisfactorio. Porque digámoslo alto y claro: en la cirugía plástica hay una gran brecha de profesionalidad. Intrusismo profesional y moda low cost, que llega también a la medicina, hace que los ejemplos de malas cirugías se hayan disparado en los últimos tiempos. Desde el sector explican que también existe un problema en torno al elevado componente subjetivo relacionado con ideales de belleza con el que una persona se mete en un quirófano y que, en muchas ocasiones, no se adecua a un resultado realista. De ahí que la jurisprudencia considere que nos encontramos ante una medicina de carácter satisfactivo, no curativo. Alejandra García, experta en derecho sanitario de Le Morne Brabant Abogados, argumenta que hay que considerar este tipo de cirugías como 'de medios', no 'de resultados': "La responsabilidad de los médicos es exclusivamente de medios, no de resultados, es decir, que tienen la obligación de suministrar y poner al alcance del paciente todos los recursos necesarios para que el resultado sea el mejor posible, pero siendo completamente imposible garantizar el mismo, al no tratarse de una ciencia exacta y existir riesgos que son asumidos voluntariamente por el paciente (recogidos en el correspondiente consentimiento informado), y más en los casos de medicina y cirugía estética en los que someterse al tratamiento es completamente voluntario", apunta. Nos cuentan desde el despacho que, efectivamente, ésta es la doctrina actual del Tribunal Supremo en la materia. La prueba es que acaba de ser ratificada en una sentencia en la que una paciente demandaba a clínica y cirujano por una lesión conocida como “doble burbuja”, una doble surco en el polo inferior de ambas mamas aparecida tras una mamoplastia. "El alto tribunal considera que cuando se produjo este resultado esta lesión aún no se había bautizado como tal en los protocolos e historias clínicas y, por lo tanto, no aparecía en los consentimientos médicos que se firman antes de entrar al quirófano, aunque sí se recogían otros riesgos en los que podría encuadrarse la misma, siendo firmado por la paciente, motivo por el que el Supremo decide que la paciente no tendrá derecho a indemnización", abundan los abogados. Pero la cosa no queda ahí. "Otra cosa sería, aclara García, que el demandante pudiese acreditar que hubo una promesa por parte del centro médico o del cirujano de obtener un resultado concreto, lo que hubiera podido viciar su voluntad y darle, a la vez, una posibilidad de ser indemnizado por no haberse alcanzado el resultado prometido”.

CON TODO LUJO DE DETALLES
Recientemente la letrada lucense Vanesa Arbesú González, tras defender en la Facultad de Derecho de la UNED (Madrid) su tesis doctoral «La responsabilidad civil en el ámbito de la cirugía estética», declaró al diario La Voz de Galicia que las expectativas sobre el resultado de una intervención de estética descansan sobre la información previa que el médico ha de proporcionar al cliente con la finalidad de obtener su consentimiento para la práctica de la intervención. "Si el médico omite determinada información, como algunos riesgos, en caso de que alguno de ellos se materialice, aunque no sea consecuencia de una defectuosa intervención, el médico, deberá asumirlo, y por lo tanto, la consiguiente responsabilidad del fracaso de la intervención. Y dado que nos hallamos ante intervenciones que no son necesarias para la mejora de salud pero que, sin embargo, su práctica la pone en riesgo, ha de ser más exhaustiva que la del ámbito de la medicina curativa", explica Arbesú González. Y, aunque es la información -más detallada o más deficiente- que te da el médico lo fundamental para que tú consientas, la publicidad tiene mucha culpa de esta ristra de insatisfacciones post-quirúrgicas. "La publicidad promete un determinado resultado y hay que saber claramente que desde una valla no se puede inducir a error sobre los resultados que pueda ofrecerle la intervención. En caso de informaciones contradictorias, recomiendo que se conserve esa publicidad. Es importante hacerlo a los efectos de poder exigir responsabilidad. El contenido de la publicidad vincula a su anunciante, y en el caso de la medicina voluntaria, este tipo de anuncios han tenido un notable protagonismo en las sentencias del Tribunal Supremo", argumenta la letrada.

Además, hay ciertas precauciones insalvables a la hora de elegir dónde operarse:

- Asegurarse que la clínica está autorizada administrativamente en el Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios, del Ministerio de Sanidad. Desde Harper's Bazaar insistimos en lo importante que es siempre ser operada en un hospital, mejor que en una clínica privada.

- Comprobar que el médico está colegiado. Además de colegiado, en Harper's Bazaar no recomendamos ningún profesional que no forme parte de la SECPRE (Sociedad Española de Cirugía Plástica y Reparadora).

- Se ha de solicitar la información previa por escrito, para poder leerla detenidamente y poder consultar con su médico cualquier duda, antes de tomar una decisión.

Cualquiera que haya entrado en un quirófano para cualquier tipo de intervención sabe que hay que firmar un papel llamado consentimiento informado. Éste recoge las complicaciones y riesgos más habituales que se pueden producir en una cirugía o tratamiento concreto, pero no todos. Quien hace la ley, hace la trampa. "Como estos documentos están preparados por Sociedades Médicas especializadas y tratan de recoger el máximo posible, siempre incluyen una cláusula de otras posibles complicaciones más raras, que no por ser raras, quiere decir que no se produzcan”, aclara la letrada. Sin él nunca se debe afrontar una cirugía estética. Así que, como primera medida para sortear la mala praxis, hay que solicitarlo, si no lo ofrecieran. Es obligatorio y no puede practicarse ningún tratamiento ni intervención sin la suscripción del mismo. Además, es recomendable que el paciente solicite una copia del mismo. También puede pedir una de toda su historia clínica. A la vez, debe aportar, si lo hubiere, todo documento relativo a enfermedades que se desconozcan por parte del médico o alergias. Su vida puede depender de ello.

¿Y SI HAY QUE DEMANDAR?
Una vez realizada la cirugía, si no estás satisfecho, puedes demandar. Lo que no significa que se admita tu demanda, como ocurre con cualquier demanda. No basta con que el paciente no esté conforme con el resultado. Deberá demostrar que existió una promesa concreta del doctor o bien, por otro lado, que hubo mala praxis. Es decir , que se cometieron errores graves que pusieron en riesgo el resultado de la operación y la salud del paciente. Y ¿qué satisfacción obtiene el paciente? "Dependiendo de si nos encontramos en reclamaciones civiles o penales. En las reclamaciones civiles únicamente, explica la abogada, se establece una indemnización a favor del paciente. En las penales, por una parte, se determina la condena del médico a un período de inhabilitación, así como pena de prisión, y además, como responsabilidad civil, una indemnización a favor del paciente. Éstas condenas están muy limitadas a aquellos casos en que ha existido mala praxis por su parte, se trataría de negligencias muy graves", concluye la experta del bufete Le Morne Brabant.